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La gestión de conflictos en la escuela: ¿es la mediación una alternativa eficiente en el contexto educativo actual?

La conflictividad actual demanda más que nunca que nuestros jóvenes sean educados en el aula y en las escuelas en la cultura de la resolución alternativa de conflictos a través de la comunicación y del diálogo. La mediación ofrece una vía, en este ámbito, muy eficaz y positiva
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El incremento y la complejidad de los conflictos en las escuelas es, a día de hoy, una realidad y foco de algunas de las más tristes noticias de actualidad. Los centros escolares son protagonistas de conflictos de muy diversa índole, en un contexto socio-económico y cultural cambiante, y en el que los medios tradicionales de gestión de conflictos se muestran, en muchas ocasiones, poco eficientes. Ante esta realidad, el conjunto de países en los que se ha legislado y trabajado para la implementación de mecanismos de mediación en la resolución de conflictos es creciente, así, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y, en el ámbito español la mayoría de CCAA, principalmente, Andalucía, Canarias, Cataluña, Madrid y País Vasco. Y en este contexto, lo que evidencian algunos trabajos al respecto es que una gestión eficiente de conflictos tiene claras repercusiones positivas en términos de reducción del absentismo, mejora de los resultados académicos, mejora del clima y de la convivencia en el centro, es decir, evidentes signos de mejora. En este sentido, y por vía de ejemplo, la línea de trabajo denominada Therapeutic Jurisprudence acredita que la participación activa en el proceso de solución de conflictos desemboca en una mayor satisfacción del agraviado, y en un mayor compromiso y modificación de la conducta por parte del agresor. 

Dicho esto, y más allá del marco jurídico positivo, parece que existe hoy una clara conciencia social sobre la importancia de una buena educación en este ámbito, así como de los beneficios de una eficiente gestión de conflictos en el aula y en las escuelas. Nuestros jóvenes precisan, hoy más que nunca, una educación en la cultura de la resolución alternativa de conflictos a través de la comunicación y del diálogo. Las noticias en los medios de comunicación sobre acoso escolar (bullying), el llamado ciberacoso y, en general, los problemas de convivencia entre alumnos y entre estos y otros miembros de la comunidad educativa, han suscitado los últimos años una creciente alarma social, y exigen una respuesta basada en el estudio desde una perspectiva aplicada y multidisciplinar, que permita evidenciar buenas prácticas, avanzando en la educación en la gestión positiva del conflicto.

En este entorno complejo y cambiante, las innumerables recomendaciones y resoluciones dictadas, tanto en el marco de la Organización de las Naciones Unidas como en el Consejo de Europa, reconocen no sólo las indudables ventajas de la mediación como método de resolución pacífica de disputas o conflictos, sino también su marcado carácter educativo y socializador. Y es así cómo en España, en la década de los noventa, ya empiezan a implementarse programas de mediación en algunos centros educativos, siendo el País Vasco (1993), Cataluña (1996) y Madrid (1997), las CCAA pioneras en dicha implementación. Con posterioridad a ello, durante la primera década del 2000 tiene lugar en España la regulación normativa de la convivencia escolar, así como otras actuaciones para la mejora de dicha convivencia, tanto en el ámbito nacional como autonómico. A estos efectos basta ahora señalar, con carácter general, que por un lado, y en el ámbito nacional, se aprueban leyes, como la Ley 27/2005, de 30 de noviembre, de fomento de la educación y cultura de la paz, y la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que considera tanto un principio como un fin del sistema educativo español “la educación para le prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos” (arts. 1.k y 2.1.c) y que dispone, asimismo, que todos los centros docentes deben incluir en su proyecto educativo un plan de convivencia (art. 121.2) y establecer las normas que garanticen su cumplimiento (art. 124.1); se suscriben por el Ministerio de Educación en el 2006 dos acuerdos de mejora de la convivencia escolar, el primero de ellos el Plan de actuación para la promoción y mejora de la convivencia escolar (suscrito con las organizaciones sindicales) y el segundo, el Plan director para la convivencia y la seguridad escolar (suscrito con Ministerio de Interior), Plan que reconoce la eficacia de la mediación escolar como mecanismo de prevención de la violencia en el ámbito educativo; también se elaboran diversos planes de convivencias y otras acciones similares. Y por otro lado, y ya en el ámbito autonómico, los avances también son significativos y cabe destacar que algunas comunidades van aprobando, al igual que siguen haciéndolo en estos momentos, su propia normativa, suscribiendo sus propios pactos sociales y elaborando sus planes y programas de convivencia, como, por vía de ejemplo, el actual Pla de convivencia del Departament d’Ensenyament de la Generalitat de Catalunya.

La hoy vigente Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, vino a modificar, en su artículo único, la citada LOE de 2006, y así, entre otras modificaciones, cabe reseñar la nueva redacción del párrafo k) del art. 1, que se incorpora el tema del “acoso escolar”; del art. 124, que dispone que el plan de convivencia de los centros recogerá, entre otros aspectos, “la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación….”; del art. 127 g) sobre las competencias del Consejo Escolar; y del art. 132.f) relativo a las competencias del director y  que incorpora una distinción de género (“alumnos-as”).

A tenor de lo expuesto, esto es, del respaldo normativo e institucional tanto a nivel estatal como en la mayoría de las CCAA, las preguntas que cabe plantearse sobre el tema que nos ocupa son, por un lado, ¿en qué medida se aplica en la práctica la mediación escolar o mecanismos similares de gestión de conflictos en las escuelas? y, por otro, lo que todavía es más importante, ¿cuál es su grado de eficacia en el contexto educativo actual? Las respuestas a estos interrogantes son precisamente el objetivo principal del proyecto de investigación en el que trabajamos a través del Grupo Conflict Management (ESADE, Law & Business School), el Grupo TransLaw RG (Universidad de Deusto, Bilbao) y la Cátedra Santander Menores (ICADE, Madrid), proyecto que teniendo en cuenta los estudios previos referentes, entre ellos, Johnson and Johnson (EEUU) o Kane (Escocia), en el ámbito internacional, y los de Tirado (Andalucía), Torrego (Madrid), en el nacional, tiene la finalidad, en su primera fase, de analizar y ofrecer datos sobre la eficiencia de la mediación escolar o mecanismos similares para la prevención, gestión y reducción de conflictos en los centros de secundaria de Cataluña, País Vasco y Madrid que se han sumado a esta iniciativa, CCAA pioneras en la implementación de programas de mediación en los centros educativos, para continuar con un estudio en el resto de las CCAA.

A este proyecto cabe sumar la apertura de la tercera edición del Premio Dialoga, galardón vinculado al Projecte Convivencia del Departament d’Ensenyament de la Generalitat de Catalunya y que este año bajo el título “Gestión de conflictos en redes sociales” pretende premiar los mejores trabajos, acciones y reflexiones de nuestros alumnos y centros escolares sobre una temática de gran actualidad: los conflictos de nuestros jóvenes en las redes sociales y las distintas formas de prevenirlos, gestionarlos y solucionarlos.

En síntesis, los centros educativos tienen que ser los lugares donde se pueda aprender y practicar la convivencia entre diferentes, lugares de relación en los que debe quedar excluido cualquier tipo de violencia, discriminación o humillación, y en los que se debe crecer en el aprendizaje del uso del diálogo y de la comunicación en las relaciones sociales, en la gestión de las mismas, la prevención de los conflictos y el uso de la mediación o métodos similares de gestión alternativa de conflictos.

 

Dra. Teresa Duplá
Directora Conflict Management Research Group. ESADE
Dra. Paula Dominguez
Miembro grupo de investigación Conflict Management Research Group. ESADE