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Decreto ómnibus: ¿realismo o retroceso en la sostenibilidad?

Expansión | | 5 minutos de lectura

Recientemente, Bruselas publicó el tan esperado decreto ómnibus, que simplifica las cargas administrativas exigidas por las diferentes regulaciones europeas en materia de sostenibilidad para un buen número de empresas, especialmente la pequeñas y medianas empresas. Se estima que excluye del ámbito de aplicación de las directivas de reporting en materia de sostenibilidad (CRSD) y debida diligencia (CSDDD) al 80% de las compañías inicialmente incluidas, con una reducción en costes para las pymes, valorada por la Comisión Europea en 6.300 millones de euros.

Muchas reflexiones nos generan estos datos de la Comisión, pero por destacar algunas: ¿Era necesario desde el principio este nivel de exigencia?, ¿Se evaluó suficientemente el impacto que podía causar?, ¿Por qué nadie previó la complejidad regulatoria que se estaba produciendo?, ¿Qué impacto hemos podido generar, al menos, en términos de pérdida de inversión? ¿Qué daño hemos podido causar al compromiso social y empresarial con la sostenibilidad? Las empresas y sus consejos han empleado muchas horas en el debate de lo que debían hacer para afrontar las exigencias de la nueva regulación de europea en materia de sostenibilidad, han aprobado inversiones relevantes en asesores, incorporación de nuevos profesionales y herramientas tecnológicas para poder dar respuesta. Algunas se están hoy cuestionando si pudieran haberlo evitado o retrasado a otro momento. Respondernos por lo tanto a estas preguntas quizás nos ayude a no cometer los mismos errores de cara al futuro.

La lectura de los primeros párrafos de la nueva propuesta de la Unión Europea son una clara constatación de las dos principales razones que mueven a la Comisión para proponer este cambio: mejorar la competitividad de nuestras empresas reduciendo exigencias y cargas administrativas y la necesidad de adaptar la diferente regulación que ha ido generando la Unión al nuevo contexto geopolítico que deriva de la invasión de Ucrania por parte de Rusia (y sus consecuencias para la economía y las empresas europeas). Cada una de estas razones, individualmente consideradas, ya justificaría este cambio de guion de la Unión Europea, pero las dos combinadas lo convierten en una obligación, y no por ello somosmenos comprometidos con la causa de la sostenibilidad. Quizás es un baño de realismo el que hemos sufrido y la Unión Europea lo que propone es adaptarnos al ritmo de lo que es razonable, comprendiendo la estructura de pymes que compone nuestro mercado e intentando generar resiliencia a nuestro entramado empresarial.

Europa no está sola y compite con empresas sujetas a regulaciones diferentes. Nuestra (honesta) ambición en los objetivos de descarbonización de la economía quizás nos ha llevado a no medir suficientementenuestra capacidad para traccionar a terceros y generar un efecto ‘me too’ en el resto de las geografías (desarrolladas y en desarrollo). En todo caso bienvenida seala rectificación de la Unión Europea y todo un gesto de humildad, por qué no decirlo y reconocerlo, por haber comprendido la dificultad real de hacer cumplir las exigencias regulatorias iniciales por una parte importante de nuestro tejido empresarial.

Mayores garantías 

En todo caso, el impacto del cambio climático sigue ahí y la propuesta de la Comisión Europea quizás nos permita ir más lentos hacia los objetivos que nos habíamos marcado, pero quizás con mayores garantías de que podamos cumplirlos. Las grandes empresas, todavía sujetas abuena parte de las obligaciones que ambas directivas introducen (en el caso de la CSDDD, con un año de retraso en su puesta en marcha) generarán, como en otros muchos ámbitos, un efecto tractor sobre parte del mercado; en unos casos por el efecto de seguir las prácticas de los best in class y en otros casos por el ‘efecto frontera’ (cercanía a los umbrales que les incluyen en el alcance de la nueva normativa).

¿Y ahora qué? A nivel europeo dos consideraciones; la primera es que el proceso solo ha hecho que empezar, porque la comisión propone, pero no aprueba (ahora el proceso sigue en el Parlamento Europeo y en el Consejo), y en segundo lugar esta nueva orientación de simplificación regulatoria parece que no ha terminado, pues la misma propuesta se presenta como un primer paquete, lo que implica que habrá siguientes entregas. A nivel local, el reto ahora es como cada Estado traslada este cambio a sus legislaciones nacionales y España, por ejemplo, todavía no ha traspuesto la CSRD; no tendría, en este nuevo contexto geopolítico y de necesidad de dotar a nuestras empresas de iguales condiciones de competitividad, no alinearnos con la nueva orientación que ha definido la Comisión, pero es cierto que no faltarán tentaciones para ello; nos equivocaríamos, pues el momento no es como cuando con la Ley 11/2018 aprobamos la trasposición de la directiva europea de divulgación de información no financiera (Directiva 2014/95/UE) y fuimos en aquel momento uno de los países más ambiciosos (maximalista), elevando en algunos aspectos la exigencia a nuestras empresas. Hagamos más sostenible la sostenibilidad, la Comisión Europea ha dado un paso.