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Enric Millo, delegado de gobierno en Cataluña: “La seguridad jurídica diferencia a un país de los estados fallidos”

Durante la III Jornada Anual: “Las relaciones laborales desde la práctica de la Administración”
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“Esta jornada ha cumplido el objetivo de generar seguridad jurídica en la actuación de la Administración, es la base institucional que diferencia a un país de un estado fallido donde el cumplimiento selectivo de la ley se impone”, ha asegurado Enric Millo, delegado de Gobierno en Cataluña, durante la III Jornada Anual ‘Las relaciones laborales desde la práctica de la Administración“, organizada por ESADE Law School, en colaboración con el Ministerio  de Empleo y Seguridad Social, y desarrollada en el ESADE Forum Barcelona.

 

“El fraude es un gen de la cultura española”, ha expresado María Teresa Gibert, directora del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Barcelona (INSS). Con esa frase ha introducido “el problema que representa el absentismo laboral, en términos de costos para el Estado, las empresas y para todos los ciudadanos”. “El absentismo, que es la ausencia de una persona en su puesto de trabajo durante las horas exigidas, ha alcanzado en España la tasa más alta de Europa, con un 4,7% en 2016”, ha añadido “esta proporción tiende a crecer en épocas de bonanza económica, entre otros motivos, porque aumenta la población económicamente activa”, ha declarado Gibert, quien además explico “el costo total pagado el año pasado en España, por motivos de incapacidad temporal (IT), superó los cincuenta y dos mil trescientos millones de euros”. “Este absentismo, tiene algunas características recurrentes conocidas, como el efecto lunes o el efecto puente, que hacen referencia a las bajas de corta duración que se suceden, en su mayoría, los lunes o después de un fin de semana largo, cuando los precios de avión para la vuelta a casa son más bajos” ha concluido.

 

Lucha contra el fraude organizado:

Otro problema en cuestiones laborales, ha estado “representado por estructuras fraudulentas que van más allá del fraude ocasional del absentismo, se trata de empresas creadas para simular contrataciones que permitan a personas acceder a beneficios de la Seguridad Social sin haber desempeñado realmente un trabajo”, ha comentado Eduardo Armas, letrado de la Seguridad Social. “Para luchar contra este tipo de simulación, se establecen espacios de colaboración con diferentes entidades de la Administración Pública, como la Guardia Civil o la Policía Nacional, donde el papel de la Tesorería General de la Seguridad Social es actuar en materia del procedimiento de oficio, a través del cual se estable si existe o no una relación laboral verdadera entre unas personas y una empresa”, ha expuesto Armas.

 

Buscar la eficiencia de la Administración:

“Los legisladores no solamente regulan la actuación de los ciudadanos, también buscan el funcionamiento eficiente de las dependencias de la Administración, para lo que han creado figuras legales como el ‘silencio positivo’, que reconoce el derecho de las personas a gozar de lo que solicitan si, la Administración no responde a dichas peticiones dentro de los plazos establecidos”, ha añadido Abraham Cobo, letrado del Fondo de Garantía Salarial de Barcelona (FOGASA). “Lamentablemente, el fraude y el abuso, hacen pronosticar que las leyes en favor de los ciudadanos, volverán a dirigirse hacia la protección de la Administración, que retomará el antiguo ‘silencio negativo’, donde el solicitante debe interpretar una resolución negativa a su postulación cuando no recibe respuesta dentro del término señalado”, ha especificado.

 

“Los salarios de tramitación con cargo al Estado, son otra figura que tiende a buscar la eficiencia de la Administración”, ha explicado José Arnandis, director provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Alicante, esta figura obliga a su dependencia a “cubrir el monto de los salarios pagados durante juicios laborales, con una duración superior a tres meses, cuando acaba en sentencia de despido injustificado con reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo, o cuando el empresario se declara insolvente para cubrir dichos pagos”.

 

Protección de los empleados:

Finalmente, Ignasi Beltrán, colaborador académico de ESADE Law School, ha expuesto las consecuencias laborales de la remunicipalización de los servicios ofrecidos por un ayuntamiento: “En la acción de recuperar servicios municipales que han sido concesionados a otras entidades, el alcance de los compromisos que adquirirán los ayuntamientos que lo hagan, dependerá de la proporción de elementos que se recuperen de la empresa o entidad que en ese momento ejecute el servicio”. “Estos elementos hacen referencia al número de trabajadores o a los aparatos necesarios para llevar a cabo las tareas encomendadas. De esta forma, si se recupera más de la mitad de los trabajadores, el consistorio se hará responsable de la totalidad de la empresa. Es decir que estará obligado conservar a todos los trabajadores, respetar las condiciones laborales establecidas y asumir los contratos que estén vigentes”, ha concluido Beltrán.