Articles

Una desigualdad de género tristemente persistente

El último Informe del Foro Económico Mundial sobre de la Brecha de Género (2016) evidencia que el avance hacia la igualdad entre hombres y mujeres se ha frenado drásticamente, situándose a niveles de 2008
Directivos y Empresas | | 4 minuts de lectura

La brecha de género –índice que mide las diferencias entre hombres y mujeres en salud, educación, participación y oportunidades económicas y empoderamiento político– se estima que podrá cerrarse dentro de 170 años. Entre los países europeos, la brecha de género es menor y el informe sugiere que podría cerrarse en el plazo de 47 años. Ligeramente por debajo de la media de países de la Europa occidental, España ocupa la posición 29 del ranking de países europeos con una brecha de género del 73,8%, donde el 100% representa la igualdad absoluta.

En el mercado laboral español, las diferencias entre hombres y mujeres son tristemente persistentes. La tasa de actividad de las mujeres se encuentra 10 puntos por debajo de la de los hombres; la tasa de paro es ligeramente superior entre las mujeres y las diferencias salariales entre hombres y mujeres, estimadas por encima del 20%, están presentes en todos los sectores, actividades profesionales y franjas de edad.

El trabajo reproductivo y las tareas de cuidado del hogar y la familia son dos de los factores que explican la situación de discriminación de la mujer en el mercado laboral. Según el Informe Global de la Brecha de Género 2016 antes mencionado, a nivel mundial, las mujeres dedican una media de cuatro horas a trabajo retribuido y cuatro al trabajo no retribuido, mientras que la proporción media de los hombres es de seis horas de trabajo retribuido y una de trabajo no retribuido.

La desigual dedicación al trabajo retribuido encuentra su explicación en el uso predominante por parte de las mujeres de medidas de conciliación. En el mercado laboral español, el 75% de los contratos a tiempo parcial son suscritos por mujeres –el 90% alegan optar por esta modalidad contractual para poder conciliar la vida laboral con la vida familiar–, más del 90% de las excedencias por cuidado de hijos son ejercidas por mujeres y el 98% del período de maternidad es utilizado por las mujeres –a pesar que 10 semanas del permiso de maternidad pueden repartirse libremente entre los dos progenitores.

Las medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal han supuesto, ciertamente, un avance en la mejora de la conciliación. Sin embargo, en tanto que mayoritariamente utilizadas por mujeres, tienen efectos negativos al conllevar su salida temporal y/o parcial del mercado de trabajo, con las consiguientes consecuencias en términos de oportunidades de promoción profesional, salario o pensiones públicas.

Para combatir esta situación de discriminación entre hombres y mujeres en el mercado de trabajo, debe avanzarse hacia una verdadera conciliación de la vida laboral y familiar, mediante el favorecimiento de fórmulas flexibles de gestión del tiempo de trabajo y la racionalización de los horarios laborales. Las actuales jornadas de trabajo impiden la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, resultando, en muchas ocasiones, las excedencias o reducciones de jornada como únicas opciones viables para atender adecuadamente a las responsabilidades familiares. Una reforma horaria, además de aumentar la productividad de las mismas, garantizaría más tiempo libre disponible –tanto para hombres como para mujeres– para atender a sus necesidades familiares y revertiría en la menor necesidad de utilizar fórmulas de conciliación que afectan negativamente la carrera profesional de las mujeres.

Sin embargo, más allá, es necesario avanzar hacia la corresponsabilidad; favorecer el reparto equitativo entre hombres y mujeres de las responsabilidades familiares. Y, en este punto, juega un papel esencial el reconocimiento de permiso de paternidad de duración equivalente al actual permiso de maternidad.

Tras años esperando la entrada en vigor de la Ley 9/2009, por fin –desde el 1 de enero de 2017– los hombres cuentan con un permiso de paternidad de un mes. Sin perjuicio del avance que supone esta ampliación de la duración del permiso de paternidad, es necesario equipararlo con el permiso de maternidad para, además de prolongar la atención del recién nacido, fomentar la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en las responsabilidades familiares.